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mayo  18, 2024

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El proceso de reconocimiento del derecho humano a la paz

Por José Antonio Musso


"Lograr el reconocimiento del derecho humano a la paz en una declaración de las Naciones Unidas es una tarea difícil. Hay Estados que, si bien reconocen la dimensión colectiva de la paz como derecho de los pueblos, todavía son reticentes a reconocerla como un derecho individual. Y el presidente-relator del Grupo de Trabajo sobre el derecho a la paz, al presentar el 9 de mayo de 2014 sus ideas preliminares para la futura Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho a la paz, hizo hincapié en que ciertos Estados afirman que tal derecho no existe en el Derecho Internacional. Resulta preocupante que luego de la evolución que supuso la adopción de las Declaraciones de 1978 y 1984 no puedan sentarse las bases para el salto cualitativo que es imprescindible si se pretende hacer realidad el orden social e internacional a que se refiere el artículo 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Y ese salto cualitativo sólo puede venir de la mano del reconocimiento explícito y sin retaceos del derecho humano a la paz."

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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, reconocimiento, declaración, naciones.

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